Inspectores de la Agencia de Seguridad Aérea (AESA) estarán en distintos aeropuertos españoles velando por que Ryanair cumpla con el reglamento europeo sobre retrasos, cancelaciones y denegaciones de embarque durante la huelga convocada para este viernes por los tripulantes de cabina de la aerolínea.
En un comunicado, AESA ha recordado a los pasajeros cuyos vuelos sean cancelados que pueden reclamar compensaciones, si no han sido avisados con al menos quince días de adelanto.
La cuantía de las compensaciones estarán en función de la distancia del vuelo cancelado, e irán de un mínimo de 250 euros a un máximo de 600.
Las compensaciones van más allá de la asistencia que la compañía está obligada a dar, ha indicado AESA, que ha recordado que la aerolínea está obligada a entregarles un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.
Además, tiene que dar comida y bebida suficiente a los pasajeros afectados, que tienen derecho a realizar dos llamadas telefónicas y contar con acceso al correo electrónico.
Si fuese necesario, los pasajeros tienen derecho a una o más noches de alojamiento, así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar del alojamiento, asistencia que tiene que pagar la compañía y no adelantarla el viajero.
En caso de cancelación, el pasajero tiene derecho a elegir entre el reembolso del billete o que la compañía le proporcione un transporte alternativo hasta el destino final lo más rápidamente posible.
La aerolínea debe buscar la opción más rápida y no puede ofrecer sólo plazas en vuelos propios, o uno o varios días después, si existen plazas disponibles en otras aerolíneas ese día.
El transporte alternativo es hasta el destino final y lo debe abonar la compañía, que no puede pedir al pasajero que adelante el coste.
En caso de retrasos de dos o más horas en la salida del vuelo, los pasajeros también tienen derecho a información y derecho a asistencia.
Si el retraso es de cinco horas o más, el afectado tiene derecho al reembolso del billete en caso de que ya no desee viajar, pero ya no tendrá derecho a la compensación económica por el retraso del vuelo de más de tres horas en el destino final.
Los retrasos en las llegadas se pueden reclamar si se llega al destino final tres o más horas después de la hora inicialmente prevista por la compañía.
En ese caso, el pasajero tiene derecho a una compensación idéntica a la que le correspondería en caso de cancelación del vuelo.
Los pasajeros que consideren que la aerolínea no ha respetado los derechos recogidos en el reglamento europeo deben reclamar a la compañía y si no está de acuerdo con su respuesta pueden presentar una reclamación, de forma gratuita, ante AESA, que analizará si ha habido incumplimiento y emitirá un informe.
En caso de que el resultado sea favorable al pasajero y la aerolínea no lo quiera cumplir, el afectado puede acudir a la vía judicial y aportar el informe de AESA.
Los pasajeros cuentan con el recurso a la vía judicial para solicitar una indemnización por daños y perjuicios, y pueden ejecutarlo en cualquier momento del proceso.