Los servicios de transportes de viajeros por carretera, ferrocarril, aéreo y marítimo reducirán la oferta, con carácter general, en un 70 % para acomodarse a la caída de la actividad derivada de la declaración del estado de alarma para frenar la expansión del coronavirus.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la orden que avanzó el lunes el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, que determina las reducciones en los modos de transporte y establece que, en todo caso, se deberá garantizar la máxima separación entre viajeros.
Los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo de competencia estatal que están sometidos a contrato público reducirán la oferta en distintos porcentajes, pero, con carácter general, en un 70 %.
Así se ha establecido para los servicios ferroviarios de media distancia, Avant, los regulares de transporte de viajeros por carretera, los de transporte aéreo sometidos a obligación de servicio público, y los de transporte marítimo sujetos a contrato de navegación.
Los servicios ferroviarios de cercanías se reducen un 20 % en horas punta, y en un 50 % en horas valle.
En los servicios de transporte público de viajeros de competencia autonómica o local sometidos a contrato público u obligación de servicio público serán las autoridades correspondientes las que establezcan la reducción.
Además, aclara la apertura de las oficinas de arrendamiento de vehículos sin conductor para garantizar este servicio tanto a los profesionales del transporte como en aquellos supuestos en que los desplazamientos estén permitidos.